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Mejorando Tu Vida
 
 

FONCODES, viene Desarrollando "Mejorando Tu Vida", El Cual El Constituye un conglomerado de proyectos que se financian con JBIC (Desarrollo Social en Sierra II), BID (Tercer Programa de Apoyo a las Operaciones del FONCODES III) y Gobiernos Locales (Infraestructura Social y Productiva en Gobiernos Locales No Acreditados).

A traves de "Mejorando tu Vida", se financia la construcción de obras de infraestructura social y económica en poblaciones rurales con altas Carencias de Acceso a Servicios Básicos Que tengan hasta 700 familias, que las Cuales Se realizan en Coordinación con los municipios distritales y con La Participación de los Núcleos Ejecutores, en Cumplimiento A LOS lineamientos del Proceso de descentralización.

¿Que obras Pueden Hacerse con "Mejorando Tu Vida?

p1 Sistemas de agua potable
p1 Caminos Vecinales
p1 Desagüe
p1 Letrinas
p1 Redes secundarias de electrificación
p1 Trochas carrozables
p1 Puentes carrozables y peatonales
p1 Embarcaderos fluviales
p1 Aulas
p1 Puestos de salud
p1 Veredas peatonales
 

Estas obras Tienen un valor agregado consistente en la generación de puestos de trabajo temporales Durante la ejecución de los Mismos, financiado por los Gobiernos Locales

¿Cómo llegar a "Mejorando Tu Vida"?
 

Cumpliendo los siguientes pasos:

Primero .- La Municipalidad Selecciona el Proyecto A ser atendido, Este Debe Formar parte del Plan de Desarrollo Local y del Presupuesto Participativo en Cuya Elaboración Participó la comunidad.

Segundo .- La municipalidad promociona entre la comunidad, la Constitución del Núcleo Ejecutor integrado por un presidente, tesorero, secretario y fiscal. El cargo de fiscal es ocupado por un Representante de la Municipalidad.

Tercero .- El Núcleo Ejecutor elabora y presenta el Acta de Constitución a la Municipalidad Distrital Quien A su vez la hace llegar al Equipo Zonal de FONCODES para su atención.

Cuarto .- Si FONCODES Aprueba el proyecto, firma un Convenio con el Núcleo Ejecutor y la Municipalidad para la ejecución de la obra.

Quinto .- FONCODES Deposita en la cuenta del Núcleo Ejecutor el dinero para la construcción de la obra.

Sexto .- El Núcleo Ejecutor contrata A LOS profesionales que ejecutarán la obra.

 
 
 
.
 


Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES
Dirección: AV. Paseo de la República 3101 .
San Isidro - Lima - Perú
Central Telefónica: (01) 421-2102
Ultima Actualización 9/11/2009.
© 2001 -- 2009, FONCODES - Reservados todos los derechos

Cómo Formar un núcleo ejecutor

 

 

En el mes de agosto de este año, se emitió el Decreto de Urgencia N º 085-2009 con el Objeto de dictar Medidas extraordinarias y urgentes para que los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales destinen recursos Durante los años fiscales 2009 y 2010, para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública y mantenimiento de una infraestructura Través de Núcleos Ejecutores.

El mencionado Decreto de Urgencia Autoriza a las entidades del Gobierno Nacional cuentos Aplicar una medidas, según su Ámbito de competencia.

Veamos Cuáles Son Los Aspectos Principales que todo ciudadano y ciudadana Debería conocer sobre esta norma.

1. Los Núcleos Ejecutores
Los Núcleos Ejecutores hijo Órganos Representativos de no menos de cien (100) personas de las comunidades campesinas y nativas, asentamientos humanos rurales y urbanos; Así como rondas campesinas, comités de autodefensa, Comités de Gestión Local de Organizaciones y licenciados de las Fuerzas Armadas y Policiales, entre otros, que habiten en una determinada localidad rural o urbana en condición de pobreza.

Cuentan con un Presidente, un Secretario, un Tesorero y con un veedor Representante del Gobierno Regional o Gobierno Local que financia el proyecto de inversión pública o el mantenimiento de la infraestructura.

2. Conformación
Se conforman en Asamblea General, para lo Cual se Debe suscribir el Acta de la Asamblea General de Constitución del Núcleo Ejecutor que Debe ser certificada por un notario o, en su defecto, por el Juez de Paz de la Jurisdicción CORRESPONDIENTE.

3. Núcleos Ejecutores de menores
Los jóvenes de 18 a 29 años de edad Podrán constituir Núcleos Ejecutores de menores para la ejecución de un proyecto de inversión pública o mantenimiento de infraestructura, Cuya constitución, reconocimiento y Funcionamiento Tendrá las MISMAS condiciones que las que Tienen los Núcleos Ejecutores.

4. Carácter, Capacidad y responsabilidad de los Núcleos Ejecutores
Los Núcleos Ejecutores tendran un carácter temporal. Gozarán de capacidad jurídica para realizar todas las acciones necesarias y previas Durante la ejecución de la obra e Intervenir en Procedimientos administrativos y procesos judiciales, rigiéndose por las Normas del Ámbito del sector privado.

Los integrantes de los Núcleos Ejecutores son responsables civil y penalmente por la Utilización de los recursos entregados, Así como por el Incumplimiento de las obligaciones establecidas en los convenios que suscriban.

5. Procedimiento para su Reconocimiento
Los Núcleos Ejecutores Deben Presentar una Solicitud ante los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales con la Finalidad de celebrar convenios para la ejecución del gasto específico, adjuntando el Acta de la Asamblea General de Constitución del Núcleo Ejecutor, en la Cual se indicará el Proyecto de Inversión Pública o el mantenimiento de infraestructura en el QUE DESEA Intervenir.

El Gobierno Regional o Gobierno Local Debe comunicar la procedencia o improcedencia de la Solicitud.

El reconocimiento de los Núcleos Ejecutores se efectuará Mediante la suscripción del convenio para la ejecución del proyecto de inversión pública o del mantenimiento de la infraestructura, el mismo que se suscribirá en un Plazo máximo de cinco (05) días hábiles, contados a partir de la comunicación de la procedencia de la Solicitud.

El Gobierno Regional o Gobierno Local comunicará a la Presidencia del Consejo de Ministros, Dentro de los diez (10) días hábiles de suscrito el convenio respectivo, la Relación de las personas que conforman la directiva, para su Incorporación en el Registro Nacional de Núcleos Ejecutores Que se constituirá en la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros.

6. Líneas de inversión o mantenimiento en que Pueden Intervenir los Núcleos Ejecutores
Los Núcleos Ejecutores Pueden Ejecutar proyectos de inversión pública o mantenimiento de infraestructura, según sea el caso, en saneamiento, agua potable minipresas, pequeños sistemas de riego, reparación o apertura de trochas carrozables, puentes, muros de contención, Energía eléctrica, educación, salud, entre otros, siempre que el Monto no Supere las cien (100) Unidades Impositivas Tributarias, por cada proyecto o mantenimiento.

Para ello, consignarán en el convenio que suscriban con el Gobierno Regional o Gobierno Local, el aporte en mano de obra, y terreno en materiales locales, según sea el caso, el cronograma de ejecución de las acciones y el nombre de las personas responsables de La Administración de los Recursos en el Núcleo Ejecutor.

El Gobierno Regional o Gobierno Local ABRIRÁ en el Banco de la Nación una cuenta A nombre del Núcleo Ejecutor y depositará en ella los recursos para la ejecución del proyecto de inversión pública o del mantenimiento de la infraestructura Establecidos en el Convenio.

Los recursos no Ejecutados por los Núcleos Ejecutores conforme a lo Establecido en los respectivos convenios, Serán devueltos al Gobierno Regional o Gobierno Local, para su depósito en las cuentas bancarias que Corresponda conforme lo determine la Dirección Nacional del Tesoro Público.

7. Recursos que financian los proyectos de inversión y obras de mantenimiento de los Núcleos Ejecutores
Se financian con los recursos de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales que el Podrán destinar hasta el 6% del saldo de los recursos PREVISTOS para la ejecución de proyectos de inversión pública en el año fiscal 2009, con Excepción de las Fuentes de Financiamiento, y Donaciones Transferencias, y Operaciones Oficiales de Crédito, y conforme a 31 las proyecciones de los saldos de los recursos al de diciembre de 2009, TENIENDO EN CUENTA la ejecución al 31 de julio de 2009.

Para el año fiscal 2010, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, destinarán el 6% de los recursos PREVISTOS para la ejecución de proyectos de inversión pública en su presupuesto institucional, un fin de destinarlos a la ejecución de proyectos de inversión pública y mantenimiento de infraestructura, un Través de Núcleos Ejecutores.

8. Sujeción a las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública
Para el caso de los proyectos de inversión pública, Estos se sujetarán a las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública Menor Correspondientes al PIP, Cuando Corresponda.

9. Participación de la población en el control de los recursos de
La población organizada Tendrá como el control de la mano de obra y la Fiscalización en el uso de los recursos y la ejecución del proyecto de inversión pública o el mantenimiento de la infraestructura, con Criterios de Eficiencia, Transparencia y Probidad. También lo Harán los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales y la Contraloría General de la República.

10. Rendición de Cuentas
Los Núcleos Ejecutores Dentro de un Plazo máximo de sesenta (60) días calendario posteriores a la Culminación del proyecto de inversión pública o mantenimiento de infraestructura, presentarán A LOS Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, según corresponda, un informe de liquidación final, Respecto a LOS GASTOS realizados, adjuntando la documentación CORRESPONDIENTE.

Corresponde a los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales publicar el citado informe de liquidación final en sus portales institucionales, en un Plazo máximo de diez (10) días calendario de haberse recibido. En caso de no contar con un portal institucional emplearán otros medios de comunicación que consideren pertinentes. Asimismo, copia de dicho informe Será remitido a la Presidencia del Consejo de Ministros para que sea publicado en su portal institucional, además Será remitido a la Contraloría General de la República, en el marco del Sistema Nacional de Control.

Los Núcleos Ejecutores que no rindan cuentas de los proyectos o el mantenimiento realizado, conforme a lo Establecido por la norma, no Podrán suscribir convenios nuevos.

El dato:
  1. Decreto de Urgencia 085-2009
  2. Reglamento Para la conformación de Núcleos Ejecutores
  3. Formato de Convenio para la ejecución de Proyecto de Inversión Pública o Mantenimiento de Infraestructura bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores


FORMATO DE NÚCLEO


Formato de Convenio PARA LA ejecución del proyecto de inversión pública o de mantenimiento de infraestructura por los Núcleos Ejecutores, A qué se refiere el artículo 8 ° del Decreto de Urgencia N ° 085-2009

CONVENIO N º ........................
______( CONVENIO ENTRE LA ENTIDAD DEL GOBIERNO NACIONAL ... ... ... ... ... / GOBIERNO REGIONAL DE ... ... ... ... ... / GOBIERNO LOCAL DE ...............)____ Y EL NÚCLEO EJECUTOR ... ... ... ... ... ... .., PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA / mantenimiento de la infraestructura ".......................... .................................................. .................................................. ......."


Conste por el presente documento el Convenio que Celebran la entidad del Gobierno Nacional / El Gobierno Regional / El Gobierno Local / de .......................... ................................, en adelante la Entidad Pública, con domicilio legal en ....... .................................................. ., debidamente representada por su Presidente (a) / Alcalde (sa) / Sr (a) .............................. ........................... , Identificado (a) con DNI N º ..............; y el Núcleo Ejecutor del Proyecto de Inversión Pública / Mantenimiento de Infraestructura .............. ..............................................., en adelante EL NÚCLEO EJECUTOR, con domicilio para los Efectos del presente Convenio es ................................ del Centro Poblado ... ... ... .... del Distrito de ................., Provincia de ........................... ....., Departamento de ......................................, debidamente representado por su Presidente, Sr. (a) ....................................., identificado (a), con DNI N °................. con domicilio en ............................................... ................; Secretario, Sr. (a) .......................... ..., identificado (a) con DNI N º................ con domicilio en ............................................... ........ y Tesorero, Sr. (a) .........................., identificado (a) con DNI N º ................, con domicilio en .............................. .................., Así como en calidad de veedor, el Sr. (a) .................. ....................., identificado (a) con DNI N ° ............. con domicilio en ............................................... de Acuerdo A LOS términos y condiciones siguientes:


PRIMERA: ANTECEDENTES

1.1 La Entidad Pública, es el ente del Gobierno Nacional, Gobierno Regional o Gobierno Local, que financia la ejecución de proyectos de inversión pública o de mantenimiento de la infraestructura, un Través de Núcleos Ejecutores, bajo el marco del Decreto de Urgencia N ° 085 -2009.

1.2 EL NÚCLEO EJECUTOR, es un órgano Representativo de no menos de cien (100) personas que habitan en una determinada localidad rural o urbana en condición de pobreza, y tiene la Capacidad jurídica para realizar todas las acciones necesarias y previas Durante la ejecución de la Obra / Mantenimiento de Infraestructura, Así como para Intervenir en Procedimientos administrativos y procesos judiciales, rigiéndose por las Normas del Ámbito del sector privado, conforme a lo previsto en el Decreto de Urgencia N ° 085-2009.

1.3 Mediante Acta de la Asamblea General de Constitución de fecha .........., que se adjunta este Convenio, los pobladores de la localidad ................ ..., Centro Poblado ... ... ... ... ... .... del Distrito de ......................... , Provincia de .............................., Departamento de .............. Se han ............................., como CONSTITUIDO EL NÚCLEO EJECUTOR de EL PROYECTO "......... .................................................. ..............................", en adelante EL PROYECTO.

1.4 Según consta de la precitada Acta, se ha elegido al Presidente, Tesorero y Secretario del NÚCLEO EJECUTOR.

1.5 Asimismo, se ha Presentada una Solicitud ante la Entidad Pública para el Financiamiento del Proyecto A Cargo del NÚCLEO EJECUTOR.

1.6 La Entidad Pública ha comunicado la procedencia de la referida y la Solicitud de Designación de ... ... ... ... ... ... ... (nombre completo) como su Representante para que participe como veedor.


SEGUNDA: OBJETO

Este Convenio tiene por Objeto Establecer las condiciones bajo las Cuales se administrarán los recursos una Través de EL NÚCLEO EJECUTOR, transferidos por la Entidad Pública para el financiamiento de la ejecución de EL PROYECTO, seleccionado por EL NÚCLEO EJECUTOR y aprobado por la Entidad Pública orientado a Mejorar las condiciones de vida de la población objetivo, en concordancia con el Artículo 8 ° del Decreto de Urgencia N ° 085-2009.


TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES

3,1 DE LA ENTIDAD PÚBLICA

3.1.1 Evaluar y Financiar el estudio de pre-inversión de EL PROYECTO, en concordancia con las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública que Corresponde a Proyectos de Inversión Pública Menor - PIP MENOR, según corresponda.

3.1.2 Evaluar y Financiar los estudios definitivos o expediente técnico de EL PROYECTO, según corresponda.

3.1.3 Financiar la ejecución de EL PROYECTO.

3.1.4 Participar en la ejecución de EL PROYECTO, un Través de un representante que ocupará el cargo de veedor en el NÚCLEO EJECUTOR, quien fiscalizará al NÚCLEO EJECUTOR Mensualmente e informará a la Entidad Pública Respecto de la ejecución del presente Convenio, bajo responsabilidad.

3.1.5 Abrir una cuenta corriente mancomunada en moneda nacional en el Banco de la Nación A nombre del NÚCLEO EJECUTOR, donde realizará el / los depósito (s) correspondiente (s) para la ejecución de EL PROYECTO.

3.1.6 Supervisar la ejecución técnica de la obra, un Través De Un Supervisor contratado con recursos que se incluirán en el presupuesto del estudio definitivo.

3.1.7 Incluir en el presupuesto del estudio definitivo el costo de honorarios para la contratación del Inspector Residente quien se encargara de la Dirección Técnica y apoyara al NÚCLEO EJECUTOR en la ejecución de EL PROYECTO.

3.1.8 Financiar según corresponda la contratación de bachilleres de universidades públicas, de Conformidad con lo Establecido en el Decreto Supremo N ° 011-2009-ED.
3.1.9 Evaluar los Informes de Avance de Obras y las rendiciones de cuenta de gastos parciales.

3.1.10 Suscribir el Acta de Terminación de Obra.

3.1.11 Evaluar el Informe de Liquidación Final de El Proyecto de Conformidad con lo Establecido en el Formato y Manual de Liquidación de Proyectos, publicados por la Presidencia del Consejo de Ministros, en el Portal Institucional www.pcm.gob.pe

3,2 EJECUTOR DEL NÚCLEO

3,2
3.2.1 Administrar correctamente los recursos efectivamente desembolsados, materia del financiamiento previsto en el presente Convenio. El Presidente, Secretario y Tesorero del Núcleo EJECUTOR, son responsables civil y penalmente por la buena Utilización de los recursos efectivamente desembolsados y por la buena ejecución de EL PROYECTO.


3.2.2 Ejecutar el Proyecto con el apoyo técnico del Inspector Residente, en concordancia con las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública, de corresponder.

3.2.3 Dar el aporte comunal en un Porcentaje del total de la mano de obra no calificada de .....%, según sea el caso.

3.2.4 Informar Periódicamente A su Asamblea General ya la Entidad Pública, por lo menos una vez cada mes, sobre el avance de obra y la rendición de cuentas documentada de los Gastos relacionados con la obra.

3.2.5 Brindar las facilidades necesarias para que el Supervisor, el Inspector Residente y el Veedor, PUEDAN para realizar las funciones que su Tienen una carga.

3.2.6 Presentar el Informe de Liquidación final Dentro de los sesenta (60) días calendario posteriores a la Culminación del proyecto de inversión pública o mantenimiento de infraestructura, debiendo rendir cuenta documentada, de la ejecución de EL PROYECTO.


CUARTA: FINANCIAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE EL PROYECTO

4.1 El costo total de EL PROYECTO, asciende a la suma de: .................................... .................................. (........... Y 00/100 Nuevos Soles).

4.2 El detalle de los Montos Correspondientes A LOS Gastos Constituyen que el presupuesto de la obra y el financiamiento de EL PROYECTO, son los Siguientes:

a) "Gastos de Costo de Obra"
Costo Directo
Gastos Generales
b) "Gastos del Núcleo Ejecutor"
c) "Gastos de Supervisor"
d) "Gastos de Inspector Residente"
e) "Gastos de bachilleres" (DS N ° 011-2009-ED)
f) Monto total a financiar por la Entidad Pública

g) Aporte Comunal


4.3 El es una Monto total desembolsado efectivamente ser un favor del NÚCLEO EJECUTOR, asciende a la suma de S /. (................. Y 00/100 Nuevos Soles), de Acuerdo al cronograma de desembolsos, de considerarlo necesario, el Cuál será materia de la respectiva liquidación con Arreglo a la normativa aplicable.

4.4 El cronograma de desembolsos sera el siguiente:

Desembolso Monto (S /.) Día / Mes / Año

Primer Desembolso ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ...
Segundo Desembolso ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ...
Tercer Desembolso ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ...

... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... .....

Total ... ... ... ... ... ...


QUINTA: VIGENCIA DEL CONVENIO Y DEL PLAZO DE EJECUCION DE EL PROYECTO

5.1 La vigencia del presente Convenio, se inicia desde su suscripción y finaliza con la presentación del Informe Final de Liquidación y la Aprobación por parte de la Entidad Pública.

5.2 El Plazo de ejecución de EL PROYECTO es de ..................( días), el Cual se inicia en la fecha de suscripción del Acta de Entrega del Terreno (construcción, rehabilitación o mantenimiento), hasta su conclusión física.


SEXTA: MANEJO DE LOS RECURSOS Y RENDICIÓN DE CUENTAS

6.1 Para la ejecución de EL PROYECTO, la Entidad Pública transferirá a la Cuenta Corriente, que Abrio A nombre del NÚCLEO EJECUTOR, el Monto del financiamiento previsto en el numeral 4.3 de la Cláusula Cuarta del presente Convenio y de Acuerdo al cronograma Establecido en el numeral 4.4 de la Cláusula MENCIONADA.

6.2 La cuenta corriente abierta en el Banco de la Nación, un nombre del NÚCLEO EJECUTOR de EL PROYECTO, tiene como únicos titulares al TESORERO Y PRESIDENTE quienes se comprometen un Autorizar a la Entidad Pública, ante la entidad bancaria, Para Que Pueda Disponer de la inmovilización inmediata de los fondos Existentes depositados en la Cuenta Corriente.

6.3 La Utilización de los fondos efectivamente desembolsados al NÚCLEO EJECUTOR Debe responder única y Exclusivamente a las Necesidades Inmediatas de EL PROYECTO.

6.4 El Presidente y TESORERO facultan a la Entidad Pública para Obtener DIRECTAMENTE de la entidad bancaria los Estados Financieros de la cuenta A qué se refiere el numeral 6.2 de la presente cláusula, comprometiéndose a comunicar por escrito Dicha autorización a la entidad bancaria.

6.5 La Entidad Pública en caso de presumirse irregularidades en el manejo de los recursos, queda facultada una Bloquear la cuenta y / o Transferir los fondos del Núcleo EJECUTOR a la Cuenta Bancaria de la fuente de financiamiento con cargo a la Cual Se efectuó el desembolso de Los citados fondos.

6.6 Los Representantes del NUCLEO EJECUTOR, presentarán a la Entidad Pública, la rendición de cuentas documentada por la Utilización de los fondos de cada uno de los desembolsos parciales diez (10) días antes del siguiente desembolso.

6.7 Los Representantes del NUCLEO EJECUTOR, presentarán a la Entidad Pública, el Informe de Liquidación final, adjuntando la rendición de cuentas documentada por la Utilización de los fondos que han sido desembolsados en la ejecución de EL PROYECTO, en un Plazo máximo no un alcalde de Los sesenta (60) días calendario posteriores a la Culminación de la obra.

6.8 Los Montos no utilizados en la ejecución de EL PROYECTO DEBERÁN devolverse a la Entidad Pública en la oportunidad de la suscripción del Acta de Terminación de Obra.

El 6.9 La Entidad Pública, una vez revisada la Rendición de Cuentas, de estimarla conforme, aprobará la Liquidación final del presente Convenio, que comprenderá la rendición de cuentas de los recursos que hayan sido Utilizados en la ejecución de EL PROYECTO, quedando bajo su responsabilidad Archivo de la documentación sustentatoria de Dicha liquidación.


Sétima: RESOLUCION DEL CONVENIO

7.1 Sin perjuicio del inicio de las acciones legales A que hubiere lugar, podra resolver el presente Convenio POR LAS SIGUIENTES la Entidad Pública causales:
a) Imposibilidad o Incumplimiento en la ejecución, de cualesquiera de las obligaciones contraídas en el presente Convenio.
b) Cuando se determine la no Continuidad de EL PROYECTO en alguna etapa de su ejecución, de Acuerdo a la normativa aplicable.
c) De Presentarse anomalías o irregularidades en el movimiento de fondos que perjudicar a proyecto PUEDAN EL.

7.2 La Resolución del presente Convenio Opera de pleno derecho sin necesidad y de Declaración previa al momento que EL NUCLEO EJECUTOR mar notificado por vía notarial oa traves del Juez de Paz.

7.3 En cualquier caso de Resolución, los Representantes del NUCLEO EJECUTOR, DEBERÁN Presentar un informe completo sobre el estado de EL PROYECTO y una rendición final de los Gastos Efectuados, Procediendo a la devolución de las sumas no utilizadas en el Proyecto. Ambas obligaciones DEBERÁN ser cumplidas en un Plazo perentorio de diez (10) días naturales, contados a partir de la fecha de recepción de la Notificación de Resolución de Convenio.


OCTAVA: LIQUIDACIÓN DEL CONVENIO

8.1 Las partes acuerdan que la liquidación del presente Convenio Estará a cargo del NÚCLEO EJECUTOR una vez terminada la ejecución de EL PROYECTO.

8.2 La liquidación antes Indicada comprenderá, la liquidación de los Montos Correspondientes A LOS debidamente sustentados Gastos incurridos en la ejecución de EL PROYECTO.


NOVENA: Solución de Controversias Y JURISDICCIÓN

La Entidad Pública Y EL NÚCLEO EJECUTOR, Ante cualquier controversia que surja procurarán resolverla A través del trato directo según las reglas de la buena fe común y Intención de las partes, Buscando para el efecto la máxima colaboración para la solución de las diferencias. De no lograrse la solución de la controversia, las partes someterán la controversia A LOS jueces o salas especializadas del distrito judicial donde se ubique la sede de la Entidad Pública.


DECIMA: COMUNICACIÓN

Las partes Reconocen como sus domicilios los que se Indican en la parte introductoria del presente Convenio, donde se les Hará llegar válidamente Cualquier comunicación relativa al mismo.


Décima Primera: ANEXOS

Forman parte de este Convenio los Siguientes anexos:

Anexo 01: Acta de la Asamblea General de Constitución del Núcleo Ejecutor
Anexo 02: Solicitud para Celebrar Convenio
Anexo 03: Documento de la Entidad Pública por la que ha comunicado la procedencia de la Solicitud al Núcleo Ejecutor y la Designación de su veedor, de Acuerdo al modelo que cada ADOPTE ENTIDAD PÚBLICA.


El presente Convenio se celebra y suscribe en dos ejemplares en ............ A LOS ....... días del mes de .................. del .........



_____________________________________ ___________________________________________
REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD PÚBLICA PRESIDENTE DEL NÚCLEO EJECUTOR
Nombres y Apellidos ................................... Nombres y Apellidos .................................
DNI ... ... ............................................... ........ DNI ... ................................................ ......



_____________________________________ __________________________________
Veedor NÚCLEO DEL SECRETARIO DEL NÚCLEO EJECUTOR EJECUTOR
Nombres y Apellidos .................................... Nombres y Apellidos ................................
DNI ... ... ............................................... ......... DNI ... ................................................ ......


___________________________________
TESORERO DEL NÚCLEO EJECUTOR
Nombres y Apellidos ...................................
DNI ................................................. .........
 

 

 

 
 

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